Artículo 20. Capital del municipio.
Artículo 20 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-11729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-14.
Texto consolidado
Se entiende por capital del municipio el núcleo de población donde tiene la sede el ayuntamiento.