Artículo 20. Reglamentación.
Artículo 20 de la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral. · BOE-A-2003-7531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-03.
Texto consolidado
1. La normativa reguladora de las prestaciones de inserción sociolaboral determinará los requisitos de acceso, las obligaciones de los perceptores, su cuantía, así como el régimen económico, jurídico y procedimental de las mismas.
2. La cuantía de las prestaciones deberá definirse de forma que permita acceder a la realización de los itinerarios y proyectos de inserción sociolaboral y a su vez fomente su incorporación al mercado laboral.
3. Con el fin de promover la cobertura de todas las solicitudes que reúnan los requisitos de acceso a estas prestaciones, las asignaciones presupuestarias destinadas a sufragar las mismas, tendrán la condición de créditos ampliables.