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Ley Vigente

Artículo 20. El Consejo Rector.

Artículo 20 de la Ley 7/2003, de 25 de abril, de Protección de la Salud. · BOE-A-2003-10531

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.

Texto consolidado

1. El Consejo Rector es el órgano superior de dirección de la Agencia de Protección de la Salud en el cual hay representantes de las administraciones competentes en el ámbito de protección de la salud, a fin de cooperar en la consecución de los objetivos de la presente Ley.

2. El Consejo Rector está formado por:

a) El presidente o presidenta, que ostenta la representación legal de la Agencia de Protección de la Salud, nombrado por el consejero o consejera de Sanidad y Seguridad Social.

b) El vicepresidente o vicepresidenta, nombrado por el consejero o consejera de Sanidad y Seguridad Social, a propuesta de los representantes de los entes locales de entre sus vocales.

c) El director o directora gerente de la Agencia de Protección de la Salud.

d) Dos vocales en representación del Departamento de Sanidad y Seguridad Social.

e) Dos vocales en representación del Servicio Catalán de la Salud.

f) Cuatro vocales en representación de los entes locales de Cataluña.

3. Los vocales del Consejo Rector son nombrados y separados del cargo por el consejero o consejera de Sanidad y Seguridad Social a propuesta de cada una de las representaciones que lo componen: el Departamento de Sanidad y Seguridad Social, el Servicio Catalán de la Salud, y la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas y la Federación de Municipios de Cataluña, en el caso de los entes locales. El nombramiento se efectúa por un período de cuatro años, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ser reelegidas sucesivamente, siempre que dispongan de la representación requerida.

4. El Consejo Rector ha de nombrar a un secretario o secretaria, que asiste a las reuniones con voz pero sin voto.

5. Las personas miembros del Consejo Rector están sometidas al régimen de incompatibilidades establecido por las normas generales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-28.

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