Artículo 20.
Artículo 20 de la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón. · BOE-A-1986-33385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-29.
Texto consolidado
El Departamento competente en materia de cultura, en coordinación con sus titulares, mantendrá un registro actualizado de todos los museos radicados en Aragón, así como de sus fondos y dotación de sus servicios.