Artículo 20. Obligatoriedad de presentar la declaración de cosecha por parcela.
Artículo 20 de la Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-18151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-31.
Texto consolidado
Toda persona que ejerza la viticultura está obligada a presentar, en el lugar, forma y plazo que se establezca reglamentariamente, una declaración anual de cosecha para cada una de las parcelas en la que se recogerá, como mínimo, las cantidades de uva cosechada de cada variedad y se especificará su destino.