El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 20. Infracciones.

Artículo 20 de la Ley 5/2019, de 20 de febrero, de Renta Extremeña Garantizada. · BOE-A-2019-3491

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-26.

Texto consolidado

Constituyen infracciones las acciones u omisiones de las personas titulares de la prestación tipificadas y sancionadas en la presente ley.

Las infracciones no podrán ser objeto de sanción sin previa instrucción del oportuno expediente, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que puedan concurrir.

Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves en atención a la naturaleza del deber infringido, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

En la imposición de sanciones se tendrán en cuenta los criterios recogidos en el artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-06-26.

Más artículos de Ley 5/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.