El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 20. Ámbito subjetivo.

Artículo 20 de la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco. · BOE-A-2023-10786

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-22.

Texto consolidado

Podrán solicitar su inscripción en el Registro Andaluz del Flamenco:

a) Las personas que se dediquen al flamenco como artistas o como profesionales del sector, las industrias culturales del flamenco y las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades en el ámbito del flamenco.

b) Las personas investigadoras y los grupos de investigación, sean universitarios o no, cuya labor esté vinculada con el estudio y análisis del flamenco.

c) Cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada, que se determine reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-22.

Más artículos de Ley 4/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.