Artículo 20. Solicitudes imprecisas.
Artículo 20 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. · BOE-A-2013-6050
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-24.
Texto consolidado
1. Si la solicitud de información pública estuviera formulada de manera imprecisa, se advertirá al solicitante de tal circunstancia, concediéndole un plazo máximo de diez días hábiles para su subsanación y ofreciéndole asistencia para la concreción de su solicitud.
2. El desistimiento y el archivo de la solicitud se harán mediante resolución, y no será obstáculo para presentar una nueva solicitud en la que concrete su petición o la información demandada.