Artículo 20. De la igualdad entre mujeres y hombres.
Artículo 20 de la Ley 4/2012, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-13775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-19.
Texto consolidado
1. La Generalitat velará, en todo caso, para que las mujeres y los hombres puedan participar plenamente en la vida laboral, social, cultural, familiar y política sin discriminación de ningún tipo y garantizará que lo hagan en igualdad de condiciones, de acuerdo con lo previsto al efecto en la normativa vigente.
2. Los poderes públicos de la Comunitat Valenciana garantizarán la transversalidad del principio de igualdad entre mujeres y hombres en todas sus políticas.