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Ley Vigente

Artículo 20. Estructura.

Artículo 20 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de coordinación del Sistema Universitario Valenciano. · BOE-A-2007-6118

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-14.

Texto consolidado

1. El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior se estructura en los siguientes órganos:

a) Unipersonales: la Presidencia, la Vicepresidencia y la Secretaría.

b) Colegiados: el pleno y las comisiones permanentes indicadas en el artículo 28.

2. El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior podrá constituir comisiones de carácter no permanente, con el objetivo de informar y asesorar en lo que se refiere a aspectos concretos de interés general para el Sistema Universitario Valenciano y para la formación superior, y en las que podrán participar personas o entidades representativas de los intereses sociales, profesionales, académicos, económicos y culturales, que puedan contribuir al mejor cumplimiento de las funciones que se le encomienden.

3. Corresponde al pleno constituir las comisiones a que se refiere el apartado anterior y determinar su composición y funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-02-14.

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