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Ley Derogada

Artículo 20. Órganos competentes para acordar la suspensión.

Artículo 20 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico. · BOE-A-2005-21315

Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son órganos competentes para acordar la suspensión:

a) La Dirección General competente en la materia para la suspensión del artículo 16.

b) La Consejería competente en la materia para la suspensión de los artículos 17 y 18.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-24.

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