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Ley Vigente

Artículo 20. Disolución por resolución judicial.

Artículo 20 de la Ley 3/2011, de 4 de marzo, por la que se regula la Sociedad Cooperativa Europea con domicilio en España. · BOE-A-2011-4288

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-08.

Texto consolidado

La autoridad competente para declarar la disolución en los supuestos previstos en el apartado 1 del artículo 73 del Reglamento (CE) 1.435/2003, será el Juez de lo Mercantil del domicilio social de la sociedad cooperativa europea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-08.

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