Artículo 20. Usos restringidos.
Artículo 20 de la Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat. · BOE-A-2014-7141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
(Suprimido).
Se suprime por el art. 104 de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1205
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-1205.