Artículo 20. Clases de instrumentos.
Artículo 20 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-06.
Texto consolidado
1. Se establecen como instrumentos ordinarios de ordenación del territorio, relacionados según su orden de prevalencia, los siguientes:
a) Directrices de Ordenación Territorial.
b) Planes de Ordenación Territorial.
c) Programas de Actuación Territorial.
2. Se establecen como instrumentos excepcionales de ordenación del territorio las Actuaciones de Interés Regional.