Artículo 20. Ubicación del Centro de Salud.
Artículo 20 del Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud. · BOA-d-2005-90000
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-15.
Texto consolidado
En las zonas de salud en las que existan varios municipios, se marcará uno como cabecera donde se ubicará el centro de salud que dará nombre a la zona.