Artículo 20. Función y ámbito del Plan general estructural.
Artículo 20 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. · DOGV-r-2021-90283
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-10.
Texto consolidado
El Plan general estructural establece la ordenación estructural de uno o varios municipios completos; deberá considerar las previsiones orientativas de la Estrategia territorial de la Comunitat Valenciana y respetar las de los planes supramunicipales. La aprobación del Plan general estructural es previa y necesaria para la aprobación de los demás instrumentos de planeamiento municipal.#a1-31
Se modifica por el art. 113.9 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Ref. DOGV-r-2024-90142
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa..
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