Artículo 2. Normativa.
Artículo 2 de la Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Reglamento de determinación de los cánones ferroviarios ADIF-Alta Velocidad. · BOE-A-2025-23895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-01.
Texto consolidado
1. Los cánones ferroviarios se rigen:
a) Por la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la que se regulan los aspectos principales de los cánones ferroviarios, tales como el presupuesto de hecho, sujetos obligados al pago, período impositivo, exigibilidad y pago, base de cálculo y cuota.
b) Por la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único.
c) Por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/909 de la Comisión, de 12 de junio de 2015, relativo a las modalidades de cálculo de los costes directamente imputables a la explotación del servicio ferroviario.
d) Por el presente reglamento, de determinación de los cánones ferroviarios.
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