Artículo 2. Circunscripción electoral.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-20.
Texto consolidado
De acuerdo con lo regulado en el artículo 14 del Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio, se establece una única circunscripción electoral para el conjunto del personal laboral que presta servicios en el exterior al servicio de la Administración General del Estado y sus Organismos autónomos.
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- → Artículo 3. Órgano de representación.
- Ver la norma completa: Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado de 31 de marzo de 2021, sobre el procedimiento para la elección de órganos de representación del personal laboral de la Administración General del Estado en el exterior.