Artículo 2. Distribución del presupuesto total de las ayudas.
Artículo 2 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-7311
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-07.
Texto consolidado
El presupuesto total de las ayudas a conceder se distribuirá de la siguiente manera:
a) Turismos, furgonetas ligeras y motocicletas: 230.000.000 de euros.
a. Turismos (M1): 200.000.000 de euros.
b. Furgonetas ligeras (N1): 25.000.000 de euros.
c. Motocicletas (L3, L4, L5 y L3e, L4e, L5e): 5.000.000 de euros.
b) Autobuses y autocares (M2, M3), furgones, camiones ligeros y camiones (N2, N3): 20.000.000 de euros.