Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 del Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. · BOE-A-2020-12109
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-09.
Texto consolidado
El estado de alarma declarado por el presente real decreto resultará de aplicación en el territorio de los siguientes municipios de la Comunidad Autónoma de Madrid:
a) Alcobendas.
b) Alcorcón.
c) Fuenlabrada.
d) Getafe.
e) Leganés.
f) Madrid.
g) Móstoles.
h) Parla.
i) Torrejón de Ardoz.
Más artículos de Real Decreto 900/2020
- ← Artículo 1. Declaración del estado de alarma.
- → Artículo 3. Duración.
- Ver la norma completa: Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.