Artículo 2. Personal de plantilla.
Artículo 2 del Real Decreto 872/2017, de 29 de septiembre, por el que se fija la plantilla de la Guardia Civil para el periodo 2017-2021. · BOE-A-2017-11506
Atención: Real Decreto 872/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La plantilla que se establece en el artículo 1 representa los efectivos máximos en cada empleo e incluye a todo el personal que se encuentre en las situaciones administrativas de servicio activo y suspenso de funciones.