El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada 3 redacciones

Artículo 2. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

Artículo 2 del Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2012-527

Atención: Real Decreto 83/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Al frente del Gabinete de la Presidencia del Gobierno figurará un Director, con rango de Secretario de Estado.

2. Dependerán directamente del Director del Gabinete los siguientes órganos directivos:

2.1 La Dirección Adjunta del Gabinete, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.

2.2 La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno cuyo titular tendrá el rango de Subsecretario.

3. El Director Adjunto del Gabinete desempeñará las funciones que le encomiende el Director del Gabinete y cooperará con él en la coordinación del conjunto del Gabinete de la Presidencia del Gobierno. Será el Director del Departamento de Seguridad Nacional.

4. Como órgano de asistencia inmediata al Director del Gabinete, y bajo su directa dependencia orgánica, existe un Gabinete con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que establece el artículo 14.3 del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-08-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-8506.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 83/2012

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 83/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.