Artículo 2. Zonificación hidrográfica del ámbito territorial.
Artículo 2 del Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. · BOE-A-2013-10270
Atención: Real Decreto 739/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por su pequeña extensión, no se zonifica el ámbito territorial sino que se considera como zona o sistema único.