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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Gradación de los honores.

Artículo 2 del Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. · BOE-A-2010-8188

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-23.

Texto consolidado

1. La gradación de los honores se manifestará por la posición de las armas y por la interpretación del himno nacional o de la marcha de infantes. En determinados casos también por el número de cañonazos y voces de «¡Viva España!».

2. En los honores militares se seguirá la siguiente escala:

a) Arma presentada e himno nacional en versión completa.

b) Arma presentada e himno nacional en versión breve.

c) Arma presentada y marcha de infantes.

d) Arma sobre el hombro y marcha de infantes.

e) Arma descansada, o en su caso al brazo, y marcha de infantes.

f) Arma descansada, o en su caso al brazo.

g) Formación sin armas.

3. En los saludos al cañón, que sólo efectuarán las unidades que dispongan de medios apropiados para ello, se seguirá la siguiente escala:

a) Veintiún cañonazos.

b) Diecinueve cañonazos.

c) Diecisiete cañonazos.

d) Quince cañonazos.

e) Trece cañonazos.

f) Once cañonazos.

4. En los buques de la Armada se efectuarán saludos a la voz con una gradación de una a siete voces de «¡Viva España!». Cuando acompañen al saludo al cañón se hará con la correspondencia que se indica a continuación:

a) Siete voces y veintiún cañonazos.

b) Cinco voces y diecinueve cañonazos.

c) Cuatro voces y diecisiete cañonazos.

d) Tres voces y quince cañonazos.

e) Dos voces y trece cañonazos.

f) Una voz y once cañonazos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-23.

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