Artículo 2. Identificación.
Artículo 2 del Real Decreto 452/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2010-8069
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-29.
Texto consolidado
El título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Elaboración de Productos Alimenticios.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Industrias Alimentarias.
Referente europeo: CINE-3 (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-10684.