Artículo 2. Régimen jurídico del organismo autónomo.
Artículo 2 del Real Decreto 310/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica. · BOE-A-2021-8452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-22.
Texto consolidado
El Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica se rige por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; por el artículo 122 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, en lo no derogado por la anterior; por la Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía; por la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.; por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; por este Estatuto y por las demás disposiciones aplicables a los organismos autónomos de la Administración General del Estado.