Artículo 2. Hecho imponible.
Artículo 2 del Real Decreto 2221/1984, de 12 de diciembre, por el que se regula la tasa fiscal que grava la autorización o la organización o celebración de juegos de suerte, envite o azar. · BOE-A-1984-27691
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-21.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la autorización, organización o celebración de juegos de suerte, envite o azar.