Artículo 2. Creación y titularidad de los centros.
Artículo 2 del Real Decreto 1723/2008, de 24 de octubre, por el que se crea el sistema de centros universitarios de la defensa. · BOE-A-2008-18496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-18.
Texto consolidado
1. Se crea en el Ministerio de Defensa el sistema de centros universitarios de la defensa.
2. Integran el sistema de centros universitarios de la defensa:
a) El Centro ubicado en la Academia General Militar de Zaragoza.
b) El Centro ubicado en la Escuela Naval Militar de Marín.
c) El Centro ubicado en la Academia General del Aire de San Javier.
Por orden del titular del Ministerio de Defensa se podrán modificar o suprimir estos centros, así como, integrar otros en el sistema.
3. La titularidad de los centros corresponde al Ministerio de Defensa a través de la Subsecretaría de Defensa. Cada centro será administrado por un patronato cuya composición y funciones se establecerán en los respectivos convenios de adscripción.