Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos médicos de embarque marítimo. · BOE-A-2007-22533
Atención: Real Decreto 1696/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto será de aplicación a todo ciudadano español o de otra nacionalidad que desee ejercer una actividad profesional a bordo de un buque de bandera española y reúna las condiciones legales para trabajar enrolado en él.