El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 2. Procedimiento de los descuentos.

Artículo 2 del Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas. · BOE-A-1996-3691

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-20.

Texto consolidado

Cuando como consecuencia de la revisión del derecho previamente reconocido, resulten prestaciones indebidamente percibidas y el deudor de las mismas sea, simultáneamente, acreedor de alguna de las prestaciones económicas gestionadas por las entidades a que se refiere el apartado 2 del artículo anterior, éstas efectuarán los correspondientes descuentos sobre dichas prestaciones para resarcirse de la deuda contraída por el beneficiario, salvo en los supuestos en que el propio deudor opte por abonar la deuda en un solo pago.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-05-20.

Más artículos de Real Decreto 148/1996

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 148/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.