Artículo 2. Fines.
Artículo 2 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2007-19184
Atención: Real Decreto 1467/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los estudiantes formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.