Artículo 2. Ámbito del Colegio.
Artículo 2 del Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial. · BOE-A-2003-1211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-21.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial se constituye como Colegio único de ámbito nacional.
La sede central del Colegio radica en Madrid, pero podrán crearse otras sedes, atendiendo a criterios de concentración de profesionales o por razones geográficas, que permitan el ejercicio descentralizado de funciones de administración del Colegio, según se establezca en el Reglamento de régimen interior del Colegio.