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Real Decreto Derogada

Artículo 2. Ministerio de Justicia.

Artículo 2 del Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16869

Atención: Real Decreto 1366/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

a) La Secretaría de Estado de Justicia. De ella dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la que, a su vez, dependen los siguientes órganos directivos:

Uno. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Dos. La Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia.

2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.

b) La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Secretaría General Técnica.

2.º La Dirección General de los Registros y del Notariado.

c) La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-04.

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