Artículo 2. Régimen jurídico.
Artículo 2 del Real Decreto 1187/2025, de 26 de diciembre, por el que se establece la composición, funcionamiento y competencias del Consejo Superior de la Guardia Civil. · BOE-A-2025-26699
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-16.
Texto consolidado
En todo lo no previsto en este real decreto, el Consejo Superior de la Guardia Civil se regirá por su reglamento interno de funcionamiento y, en su defecto, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.