Artículo 2. Normas de carácter general sobre la cumplimentación de la información estadística contenida en el anexo y plazos.
Atención: Orden TIN/2718/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se remitirán los datos estadísticos que se recogen en el Anexo correspondientes a los procedimientos de regulación de empleo presentados y/o resueltos por cada provincia y mes.
El envío de los datos estadísticos deberá llevarse a cabo mensualmente y en los veinte primeros días del mes siguiente a la fecha de resolución del procedimiento.
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- Ver la norma completa: Orden TIN/2718/2011, de 5 de octubre, por la que se adoptan disposiciones para la determinación de la forma y contenido de la información estadística en aplicación y desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 801/2011, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos.