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Orden Vigente

Artículo 2. Fines.

Artículo 2 de la Orden PRE/910/2011, de 12 de abril, por la que se crea la Comisión Interministerial para el seguimiento y evaluación del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. · BOE-A-2011-6789

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-16.

Texto consolidado

Corresponde a esta Comisión:

a) Garantizar el cumplimiento de los principios, fines y funciones del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

b) Promover y difundir en la sociedad española el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o por vías no formales, así como, reforzar el desarrollo de las actuaciones y medidas que lo integran.

c) Colaborar con las Comunidades Autónomas con el fin de coordinar el conjunto de las acciones en todo el Estado y acordar propuestas de actuaciones conjuntas para el desarrollo del procedimiento.

d) Realizar el seguimiento y evaluación del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-16.

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