Artículo 2. Funciones.
Artículo 2 de la Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Parque Móvil del Estado y las Unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares. · BOE-A-2013-1232
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-07.
Texto consolidado
El Parque Móvil del Estado presta los servicios de representación, los servicios generales y ordinarios así como los servicios extraordinarios previstos en el artículo 5 del Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones y se transforma el organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado
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