Artículo 2. Vehículos incluidos.
Artículo 2 de la Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal. · BOE-A-2015-6791
Atención: Orden HAP/1177/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Estarán incluidos en el Registro todos los vehículos de la Administración General del Estado y de los organismos y entidades que integran el sector público estatal, definido en el artículo 2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.