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Orden Vigente

Artículo 2. Composición.

Artículo 2 de la Orden FOM/32/2005, de 17 de enero, por la que se crea la Comisión de coordinación de las actividades ferroviarias. · BOE-A-2005-1080

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-22.

Texto consolidado

1. La Comisión estará integrada por los miembros siguientes:

Presidente: El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación.

Vicepresidente: El Secretario General de Infraestructuras.

Vocales: El Director General de Ferrocarriles, el Secretario General Técnico y el Director General de Programación Económica del Ministerio de Fomento, un representante del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y otro de RENFE-Operadora, designados estos últimos por la titular del Departamento a propuesta de los Presidentes de dichas entidades.

Secretario: Ejercerá las funciones de secretario el Vocal que designe el Presidente.

2. Cuando la Comisión ejerza las funciones de intervención y resolución a que se refiere el artículo 3.c) estará integrada exclusivamente por los representantes del Ministerio de Fomento. En estos casos, el Presidente convocará a sus sesiones a un representante de cada uno de los citados organismos para procurar la conciliación previa de intereses entre ambas entidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-22.

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