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Orden Vigente

Artículo 2. Contrato de trabajo y acuerdo para la actividad formativa.

Artículo 2 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. · BOE-A-2014-317

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-12.

Texto consolidado

El contrato para la formación y el aprendizaje, así como su anexo relativo al acuerdo para la actividad formativa que deberá suscribir la empresa con el centro de formación u órgano designado por la Administración educativa o laboral que imparta la formación y la persona trabajadora, o sólo con ésta cuando la formación se imparta en la propia empresa, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran, en formato electrónico, en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es).

Dicho contrato seguirá las indicaciones recogidas en el Capítulo I del Título II del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, en el que se desarrollan los aspectos laborales aplicables al contrato para la formación y el aprendizaje en cuanto a requisitos, formalización, jornada laboral, salario, periodo de prueba, duración y prórrogas, y extinción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-12.

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