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Orden Vigente

Artículo 2. Subastas.

Artículo 2 de la Orden EHA/3118/2008, de 31 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto-ley 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros. · BOE-A-2008-17566

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-04.

Texto consolidado

1. Los procedimientos de selección de activos a los que se refiere el artículo 4.2 del Real Decreto-ley 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros, consistirán en subastas. Con carácter previo a la convocatoria de cada subasta, mediante acuerdo del Consejo Rector se determinará:

a) El volumen máximo que podrá adquirir el Fondo en la subasta.

b) Los activos que podrá adquirir así como, en su caso, su plazo de vencimiento o vida estimada media.

c) Características de las operaciones de adquisición.

2. En ningún caso, podrán celebrarse subastas con posterioridad al 31 de diciembre de 2009.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-11-04.

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