Artículo 2. Realización del proceso de selección del personal interino. Convocatorias.
Artículo 2 de la Orden EDU/1481/2009, de 4 de junio, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros y programas de la acción educativa española en el exterior. · BOE-A-2009-9540
Atención: Orden EDU/1481/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde a las Consejerías de Educación del Ministerio de Educación, en su ámbito territorial de gestión, la realización de las convocatorias públicas para la formación de listas de aspirantes a cubrir puestos en régimen de interinidad de los cuerpos docentes a que se hace referencia en el artículo 1 de esta Orden y la selección efectiva de los mismos a efectos de realizar las correspondientes propuestas para su nombramiento.
2. Se garantizará una publicidad suficiente de estas convocatorias utilizándose la página «web» de cada Consejería y aquellos medios que se consideren más adecuados.
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