Artículo 2. Determinación de los títulos de Técnico Superior que son de interés para las Fuerzas Armadas.
Artículo 2 de la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2012-6996
Atención: Orden DEF/1097/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los Títulos de Técnico Superior especificados por Ejércitos y Especialidad Fundamental son los siguientes:
a) Ejército de Tierra.
Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Infantería Ligera.
Seguridad y Medioambiente.
Electricidad y Electrónica.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Administración y Gestión.
Instalación y Mantenimiento.
Edificación y Obra Civil.
Informática y Comunicaciones.
Actividades Físicas y Deportivas.
Cualquiera de estas familias.
Infantería Acorazada/Mecanizada.
Caballería.
Artillería de Campaña.
Electricidad y Electrónica.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Instalación y Mantenimiento.
Edificación y Obra Civil.
Informática y Comunicaciones.
Cualquiera de estas familias.
Artillería Antiaérea.
Ingenieros.
Edificación y Obra Civil.
Proyectos de Obra Civil.
Proyectos de Edificación.
Transmisiones.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Helicópteros.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Electrónica y Telecomunicaciones.
Electricidad y Electrónica.
Mantenimiento Electrónico.
Mantenimiento y Montaje de Equipos.
Instalación y Mantenimiento.
Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Electricidad.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Informática.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Automoción.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Automoción.
Mantenimiento de Aeronaves.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Mantenimiento de Armamento y Material.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
b) Armada.
Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Administración.
Administración y Gestión.
Administración y Finanzas.
Asistencia a la Dirección.
Alojamiento y Restauración.
Hostelería y Turismo.
Dirección de Cocina.
Armas.
Electricidad y Electrónica.
Automatización y Robótica Industrial.
Mantenimiento Electrónico.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Comunicaciones y Sistemas
de Información.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Energía y Propulsión.
Marítimo pesquera.
Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Automoción.
Mantenimiento Aeromecánico.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos
Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Maniobra y Navegación.
Marítimo pesquera.
Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
Sistemas.
Electricidad y Electrónica.
Automatización y Robótica Industrial.
Mantenimiento electrónico.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Infantería de Marina.
Todas las familias contenidas en el apartado 3.A Escalas de Suboficiales del anexo II del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
Cualquiera de estas familias.
c) Ejército del Aire.
Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Mantenimiento Aeronáutico.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Mantenimiento de Electrónica.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento de Aviónica.
Control Aéreo.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Administración.
Administración y Gestión.
Administración y Finanzas.
Asistencia a la Dirección.
2. Otros títulos.
a) Serán también válidos todos aquellos títulos que tengan los mismos efectos profesionales y académicos que los anteriores relacionados, conforme a lo indicado en los correspondientes reales decretos por los que se establecen.
b) Títulos universitarios oficiales de la rama de conocimiento a la que estén adscritos los títulos de técnico superior anteriormente citados. A estos efectos se considerarán las relaciones que figuran en el anexo 2.b) del Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 117, de 14 de mayo de 2018. Ref. BOE-A-2018-6399
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-5936.
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