Artículo 2. Objeto de la Norma.
Artículo 2 de la Orden de 26 de enero de 1989 por la que se aprueba la Norma de Calidad para los Aceites y Grasas Calentados. · BOE-A-1989-2265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-02-20.
Texto consolidado
La presente Norma tiene por objeto definir, a efectos legales, lo que se entiende por aceites y grasas calentados y fijar, con carácter obligatorio, el código de prácticas higiénicas de utilización y, en general, la ordenación técnico-sanitaria de tales productos.