Artículo 2.
Artículo 2 de la Orden de 14 de abril de 1999 por la que se regula la Inspección Técnica de los Vehículos del Parque Móvil del Estado. · BOE-A-1999-8868
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-22.
Texto consolidado
En las estaciones ITV del Parque Móvil del Estado podrán realizarse las siguientes inspecciones: Las previas a la matriculación y las periódicas de los vehículos automóviles establecidas en las normas reguladoras de los vehículos y demás disposiciones complementarias.