Artículo 2. Adscripción y régimen jurídico.
Artículo 2 de la Orden CUL/688/2009, de 9 de marzo, por la que se crea una Biblioteca Pública del Estado en Ceuta. · BOE-A-2009-4687
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-21.
Texto consolidado
La Biblioteca Pública del Estado en Ceuta queda adscrita al Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, y se regirá por las disposiciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, las normas de desarrollo que resulten de aplicación, la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas y el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, aprobado por Real Decreto 582/1989, de 22 de mayo.