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Ley Foral Derogada

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Ley Foral 8/2010, de 20 de abril, por la que se regula en Navarra la venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera. · BOE-A-2010-8507

Atención: Ley Foral 8/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El ámbito de aplicación es la ordenación de las producciones artesanas agroalimentarias ligadas a la actividad agraria y ganadera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-03.

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