Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 9/1992, de 24 de julio, de educación y promoción de adultos. · BOE-A-1992-22924
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-08-07.
Texto consolidado
La educación y promoción de adultos abarca los siguientes campos fundamentales de actuación:
a) La formación básica, entendida como aprendizaje complementario de una instrucción deficiente en atención a las exigencias de la sociedad actual.
b) La formación para el mundo laboral, considerada como aprendizaje inicial que posibilite la inserción en el mundo del trabajo, así como de la actualización y el perfeccionamiento de los conocimientos que para el ejercicio de una profesión o un oficio exija el cambio constante del sistema productivo.
c) La formación y actualización cultural, con especial incidencia en el conocimento del idioma y la cultura gallegas.