Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 9/1982, de 24 de noviembre, por la que se crea el Ente Vasco de la Energía. · BOE-A-2012-5538
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-12-16.
Texto consolidado
El «Ente Vasco de la Energía», tendrá la consideración de Ente Público de Derecho Privado, y se regirá por la presente Ley y demás disposiciones aplicables.