El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Régimen jurídico.

Artículo 2 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de financiación incondicionada para las entidades locales autónomas. · BOE-A-2022-756

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. La aportación financiera a las entidades locales autónomas prevista en esta ley tiene la naturaleza jurídica de transferencias incondicionadas destinadas a financiar globalmente el funcionamiento de las administraciones a las que va dirigida.

2. Estas transferencias se regulan por lo establecido en esta ley, no resultándoles de aplicación la normativa general sobre subvenciones públicas, en particular la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; así como tampoco el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, salvo remisión expresa prevista en esta ley.

3. El primer ejercicio de aplicación de esta línea de financiación será el año 2022.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Más artículos de Ley 8/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.